Inflación Impuesta

artículo de blog

De manera reciente, se conoció una proposición por parte de algunos congresistas nacionales al Proyecto de Ley 057 de 2023, que desarrolla el presupuesto de rentas y recursos de la vigencia fiscal. Tal propuesta busca postergar la entrada en vigor y consecuente implementación del impuesto al consumo a ciertos alimentos y bebidas, programada para el mes de noviembre de este año a, más tardar, el 2026. 

Cabe recordar que tal carga está dirigida a todo consumidor final que adquiera, por una parte, bebidas con determinada cantidad de azúcar, cuya cantidad en gramos será el factor para calcular el pago adicional. Este incrementará gradualmente con el paso de los años. Del mismo modo, se traslada un incremento entre el 10% y 20% al costo del comprador por el hecho de adquirir una variada gama de alimentos que contengan, entre otros aspectos, un rango explícito de sodio en su contenido. 

En cualquier caso, dado el apretado contexto económico por el cual atraviesa el país, la proposición mencionada en el primer párrafo busca que los impuestos descritos sean aplicados cuando la variación anual del Índice de Precios del Consumidor -IPC-, indicador clave en materia de inflación, a julio, sea igual o menor al 8%, según lo que determinen las cifras oficiales del Departamento Administrativo Nacional de Estadística -DANE-. Esto, con un límite máximo de implementación, en cualquier caso, al primero de enero de 2026.  

Desde un enfoque objetivo, estudios como el realizado por la Dirección de Investigaciones Económicas, Sectoriales y de Mercados de Bancolombia estiman que el escenario económico del segundo semestre de 2023 y del primer semestre de 2024 estará marcado por un aumento en los precios de bienes de consumo. Lo anterior, debido a factores como el aumento en el costo de los combustibles, los efectos climáticos del fenómeno del Niño, y, naturalmente, la aplicación todo tipo de tributo que se traslade directamente al consumidor. Del mismo modo, firmas como Raddar concluyen que la implementación del discutido impuesto incrementará en un 2% la inflación de los hogares del país. 

Desde una perspectiva estrictamente económica, con una inflación que alcanzó 11,43% en el pasado mes de agosto, resulta al menos inoportuna la entrada en vigencia de una medida que genera efectos regresivos. Lo anterior, dado que el consumo de este tipo de bebidas y alimentos en los hogares de estratos bajos es superior al de aquellos con mayor capacidad económica. En definitiva, resulta incongruente con los principios tributarios de igualdad, equidad, y proporcionalidad. Un golpe directo al bolsillo de los que menos tienen. 

Los popularmente llamados “Impuestos Saludables”, si bien se escudan en causas validas como la salud pública, al profundizarse, resultan en mayor medida un instrumento adicional a las innumerables formas de recaudo de un Estado que, por tendencia, no solo no deja de crecer en su tamaño y estructura, sino también en la intervención de las decisiones de sus miembros. Como señaló el Observatorio Fiscal de la Universidad Javeriana, “Desafortunadamente, la reforma no estuvo acompañada de estudios técnicos estimando el impacto sobre el consumo y la salud."

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Felix Hernandez Sagbini
Socio | Executive VP